CONSEJERIA DE EDUCACION, CIENCIA Y CULTURA

AYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES PARA LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS


Objeto

Conceder ayudas económicas individuales para realizar actividades de formación permanente en régimen de concurrencia competitiva, durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 para el profesorado que imparte enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Destinatarios

Profesorado que esté prestando servicios en centros docentes no universitarios de Castilla - La Mancha, sostenidos con fondos públicos, en Centros de Profesores y Centros de Recursos y Asesoramiento a la Escuela Rural, en Centros Territoriales de Recursos para la Orientación, la atención a la Diversidad y la Interculturalidad, en la Inspección Educativa y en los servicios centrales y periféricos de la Administración educativa de Castilla-La Mancha.

Requisitos exigidos

- Estar en activo durante el periodo de realización de la actividad.
- Haber concluido la actividad y tener derecho a la certificación de la misma, salvo en el caso de las enseñanzas de régimen especial de idiomas y profesionales de música y danza y de grado medio de Artes Plásticas y Diseño.
- No recibir ayuda o beca de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o extranjero, para la misma actividad.
- No encontrarse incurso en ninguna de las causas establecidas en el apdo. 2 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social .
- Obtener una puntuación mínima de 5 puntos, que la actividad de formación y la solicitud se ajusten a los plazos establecidos y que la actividad sea objeto de la convocatoria.


Importe

La cuantía máxima de las ayudas solicitadas para cada actividad será de 1.400 euros y la mínima será de 24 euros.
La cuantía de la ayuda concedida será fijada individualmente de acuerdo con los conceptos:
- La totalidad de la mátrícula sin incluir los gastos de material.
- Desplazamiento desde la localidad del centro de destino a la localidad de celebración de la actividad, siempre que sean distintas y distinta a la de residencia. Se calcula en base a 0,19 euros/Km (en vehículo propio) o al billete de transporte público.
- Alojamiento, cuando la actividad se realice en días consecutivos y/o la distancia a la localidad de destino sea superior a 50 Km, hasta un máximo de 50 euros/día, incluyendo desayuno.
- Manutención si la actividad se realliza en sesiones de mañana y tarde o en días consecutivos con alojamiento, hasta un máximo de 18 euros por cada una.


Criterios

a) En función del contenido de la actividad (hasta un máximo de 4 puntos).
b) En función de la entidad organizadora de la actividad ( hasta un máximo de 4 puntos).
c) En función de la situación administrativa de los solicitantes (hasta un máximo de 2 puntos).


Tramitación por Internet

En el apartado Modelos a aportar de esta ficha puede encontrar la información necesaria.

Documentación a aportar

Solicitud, que podrá presentarse por internet desde esta misma ficha, llamando al teléfono único de información 012 (902 267090 para llamadas desde fuera de Castilla-La Mancha), o por fax en el número 925 265332.

Con posterioridad, en caso de ser estimada la solicitud, habría que presentar la siguiente documentación (esta documentación no tendrá que presentarse por internet):

- Listado de la documentación que adjunta.
- Para profesorado contratado con cargo a la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla - La Mancha: Certificado del Director del centro de destino que manifieste que el solicitante se encuentra prestando servicio en unidades concertadas con la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha. - Impreso de pago de los estudios matriculados y certificado de expediente donde conste que se matricula por primera vez en el caso de las enseñanzas de régimen especial de idiomas y profesionales de grado medio de música o danza.
- Original o fotocopia compulsada del programa o de la convocatoria de la actividad.
- Facturas o demás documentos de valor probatorio equivalentes con validez en el tráfico mercantil (originales o fotocopias compulsadas) de la actividad realizada, en concepto de matrícula y/o mensualidades, comprobantes del desplazamiento, si éste no se hubiese realizado por medio de vehículo particular, así como de los gastos ocasionados por alojamiento y/o manutención.
- Fotocopia compulsada del certificado expedido por la entidad organizadora. Para el caso de solicitar ayuda por desplazamiento, será necesaria la cumplimentación del visado recogido como Anexo IV, que recoja el nº de sesiones presenciales obligatorias a las que ha asistido.
- Certificado del Director del centro (EOI, Conservatorio de grado medio de Música y Danza y Escuela de Arte) de la realización de los exámenes correspondientes.
- Resumen detallado de gastos (Anexo V).


Información adicional

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

- Actividades finalizadas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2009 y matrículas oficiales de enseñanzas de régimen especial de idiomas y profesionales de Música y Danza y de Artes Plásticas y Diseño, y desplazamiento a los exámenes de Septiembre de las enseñanzas de régimen especial de idiomas, hasta el 22 de febrero de 2010, inclusive..
-Actividades finalizadas entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2010, desplazamiento a exámenes en las enseñanzas de régimen especial de idiomas (EOI) y profesionales de Música y Danza y de grado medio de Artes Plásticas y Diseño y matrículas libres de EOI, hasta el 20 de julio de 2010, inclusive.


Plazo de presentación de instancias

Varía en función de la fecha de finalización de las actividades. Consultar el apartado INFORMACIÓN ADICIONAL

Lugar de Presentación

Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.

Plazo de resolución

Ver la disposición séptima de la orden de convocatoria y el apartado séptimo 2.b. de la Orden de 25/06/2009 que modifica la Orden de 25/11/2008.

Unidad Orgánica competente

VICECONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA

¿Qué pasa si la Administración no notifica en plazo?

Se entiende que su solicitud se ha desestimado

Recursos

Contra la resolución, expresa o presunta, de concesión o denegación de la subvención, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, de acuerdo con lo previsto en los art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso - administrativo, ante la sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha, de acuerdo con lo previsto en el art. 10 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Teléfono/s

012

Marco legal

DOCM: 27/1/2010
(abre ventana)
Orden de 14/01/2010, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Modelos a aportar

(Pinche en uno de los iconos para descargar el fichero en el formato deseado)

Vd. puede presentar este documento a través de internet,
pinche aquí para saber cómo (abre ventana) Información


Información asociada

Puede iniciar este procedimiento llamando al 012Puede iniciar este procedimiento administrativo llamando al teléfono 012
o al 902 26 70 90 si llama de fuera de la Comunidad Autónoma.

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